CARTA AL SEÑOR ALCALDE DE TRES CANTOS (MADRID)
Señor Alcalde, no sé si se habrá leído la Ley
27/2006 de 18 de julio, que regula los derechos de acceso a la información, de
participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
Es grave incumplir la Ley. Si un ciudadano la incumple de inmediato es
sancionado…¿y si no la cumple un representante del pueblo a quien pagamos
todos? No pasa nada ¿verdad?. Mire, el 17 de mayo de este año le presente una
carta con número de entrada en el Ayuntamiento 9965/2016 sobre la utilización
de Glifosato en tres Cantos, un insecticida que la propia Organización Mundial
de la Salud lo tiene declarado como sospechoso de ser cancerígeno y que otros
informes lo dan por hecho. Le pedía que me contestara sobre su uso en nuestra
ciudad. Veo que no le importa nada la petición de los ciudadanos aún teniendo
la obligación de contestar. Léase la Ley arriba indicada. Estamos a 15 de septiembre
y aún no he recibido contestación. Le recuerdo que soy un ciudadano que con mis
impuestos le pago a Vd,. a sus asesores, concejales y a toda la maquinaria del
Ayuntamiento que tiene que estar al servicio del pueblo.
Sepa
que los compromisos internacionales y comunitarios obligan a la difusión de
amplia información ambiental, como es por ejemplo información sobre la legislación, sobre el estado del medio
ambiente, sobre proyectos, planes y programas o sobre decisiones que se adopten que pueden afectar
al medio ambiente. Ello contribuye a cumplir el mandato constitucional de
garantizar el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para
el desarrollo de la persona así como cumplir con la obligación de todos de
conservarlo.
El artículo 3 de la citada Ley dice que
el ciudadano tiene derecho a acceder a la información ambiental que obre en
poder de las autoridades públicas o en el de otros sujetos en su nombre, sin
que para ello estén obligados a declarar un interés determinado, cualquiera que
sea su nacionalidad, domicilio o sede. A recibir la información que soliciten
en los plazos máximos establecidos en el artículo 10. A conocer los motivos por
los cuales no se les facilita la información, total o parcialmente, y también
aquellos por los cuales no se les facilita dicha información en la forma o
formato solicitados. En el artículo 9
dice que en caso de amenaza inminente para la salud humana o para el medio
ambiente ocasionada por actividades humanas o por causas naturales, las
Administraciones públicas difundirán inmediatamente y sin demora toda la
información que obre en poder de las autoridades públicas o en el de otros
sujetos en su nombre, de forma que permita al público que pueda resultar
afectado adoptar las medidas necesarias para prevenir o limitar los daños que
pudieran derivarse de dicha amenaza. En
el artículo 10 la autoridad pública competente para resolver facilitará la
información ambiental solicitada o comunicará al solicitante los motivos de la
negativa a facilitarla, teniendo en cuenta el calendario especificado por el
solicitante, lo antes posible y, a más tardar en el plazo máximo de un mes
desde la recepción de la solicitud en el registro de la autoridad pública
competente para resolverla, con carácter general. En el caso de comunicar una
negativa a facilitar la información, la notificación será por escrito o
electrónicamente, si la solicitud se ha hecho por escrito o si su autor así lo
solicita. La notificación también informará sobre el procedimiento de recurso
previsto de conformidad con el artículo 20.
Como ve
Sr. Alcalde han pasado cuatro meses y no me han contestado a mi petición sobre
el uso del Glifosato en nuestro municipio. El desconocimiento no implica su
cumplimiento, por lo que están incumpliendo esta Ley y eso es muy grave.
Esperaré otro mes más y si no obtengo respuesta tendré que denunciar esta
circunstancia ante el Defensor del Pueblo. Qué pena Sr. Alcalde. ¿No le parece? ¿Así tenemos que andar los
ciudadanos para que la administración cumpla la Ley? ¿Y no hay ninguna sanción
para el responsable del Ayuntamiento? Le recuerdo una vez más, los ciudadanos
pagamos su sueldo. Tenemos DERECHOS además de obligaciones o al menos eso creo.
A veces lo dudo.
PEDRO POZAS TERRADOS.
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